domingo 14 junio 2026

Nuevo sistema de monitoreo para las exportaciones de limón a EE.UU.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, bajo el Ministerio de Economía, ha implementado un sistema de monitoreo de exportaciones de limón a EE.UU. Este sistema se aplicará a todas las operaciones anuales de exportación que se encuentren en posiciones arancelarias específicas. La resolución que establece esta medida fue publicada en el Boletín Oficial con el número 18/2025.

Detalles del sistema de monitoreo

Este sistema será obligatorio para las empresas que son signatarias del Acuerdo de Suspensión de 2016 y sus modificaciones. Estas empresas deberán proporcionar información anticipada sobre sus exportaciones. La Dirección General de Aduanas solo permitirá que las empresas signatarias declaren sus destinaciones de exportación.

La Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios llevará un registro mensual de las operaciones y podrá enviar información al Departamento de Comercio de EE.UU. para verificar el cumplimiento del acuerdo. La implementación de este sistema comenzará el 7 de febrero de 2025.

Alcance del monitoreo

El monitoreo abarcará el 100% de las exportaciones anuales de jugo de limón concentrado a EE.UU., que se clasificarán en las siguientes posiciones arancelarias:

  • 2009.39.00.110: Jugo concentrado congelado clarificado.
  • 2009.39.00.190: Otros jugos de limón concentrado.
  • 2009.31.00.000: Otros jugos agrios no concentrados.

El sistema de monitoreo se aplicará exclusivamente a las empresas que hayan firmado el Acuerdo de Suspensión de 2016 y sus modificaciones. Las empresas que se adhieran al acuerdo en el futuro también serán consideradas signatarias y deberán cumplir con los mismos derechos y obligaciones que los signatarios originales.

Registro de exportaciones

La Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional, del Ministerio de Economía, mantendrá un registro actualizado de todas las exportaciones realizadas por los signatarios. Este registro incluirá:

  • Nombre del exportador.
  • Precio de referencia declarado.
  • País de destino.
  • Tipo de operación (consumo final o consignación).
  • Puerto de salida de Argentina.
  • Fecha de embarque.
  • Volumen exportado.

Esta información será enviada al Departamento de Comercio de EE.UU. para asegurar el cumplimiento del Acuerdo de Suspensión.

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