jueves 25 junio 2026

ARCA no podrá ejecutar ni embargar a pymes por obligaciones impagas hasta el 30 de abril de 2025

El plan de pagos supone una espera para los contribuyentes
El plan de pagos supone una espera para los contribuyentes

A partir del inicio de 2024, el Ministerio de Economía de Argentina ordenó a la AFIP suspender las ejecuciones fiscales y embargos hasta el 31 de julio de 2024. Esta decisión se basa en la Ley 24.467, conocida como Ley PyME, que busca fomentar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (pymes) mediante políticas de apoyo.

Contexto y justificación

Las pymes son esenciales para la economía nacional, ya que generan una gran cantidad de empleo y aumentan la capacidad exportadora del país. En este sentido, el gobierno considera crucial proporcionar herramientas que faciliten su crecimiento y estabilidad.

Además, en el marco de la emergencia sanitaria que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, se reconoce la importancia del sector salud, lo que justifica la extensión de los beneficios a estas entidades.

Nuevas medidas y plazos

La AFIP ha seguido las directrices del Ministerio, implementando la Resolución General 5482. Posteriormente, se emitió la Resolución N° 617/24, que prorroga la suspensión de embargos hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, la Resolución 1445/24 ha limitado esta suspensión a entidades sin fines de lucro y empresas del sector salud hasta el 31 de julio de 2025.

En paralelo, se ha establecido un régimen especial de facilidades de pago para las obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de diciembre de 2024, con un período de acogimiento que va del 3 de febrero al 30 de abril de 2025. Este régimen está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas que cuenten con el “Certificado MiPyME” vigente.

Implicaciones para las pymes

La suspensión de embargos y ejecuciones fiscales es una medida temporal que busca aliviar la carga financiera de las pymes durante un período crítico. Sin embargo, la Agencia Recaudadora debe abstenerse de iniciar acciones judiciales hasta el 30 de abril de 2025, considerando que muchos contribuyentes enfrentan dificultades económicas que les impiden cumplir con sus obligaciones fiscales.

Es fundamental que las autoridades mantengan coherencia en sus decisiones, evitando contradicciones entre las políticas de apoyo y las acciones de ejecución fiscal. La invitación a los contribuyentes a regularizar sus deudas bajo el nuevo régimen debe ser acompañada de un enfoque comprensivo por parte de la AFIP.

En resumen, la prórroga de la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales es un paso positivo para las pymes, permitiéndoles recuperarse y estabilizarse en un entorno económico desafiante.

Enlace a la noticia 👉 https://www.ambito.com/novedades-fiscales/antes-del-30425-arca-no-debe-ejecutar-ni-embargar-pymes-obligaciones-impagas-vencidas-al-311224-n6109515

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