La Enmienda 42/24 al C贸digo Mar铆timo Internacional de Mercanc铆as Peligrosas entrar谩 en vigencia el 1 de enero de 2026. La actualizaci贸n modifica el envasado, la estiba y elimina la desclasificaci贸n por ensayo de autocalentamiento para el carb贸n animal o vegetal.

La Prefectura Naval Argentina anunci贸 que, a partir del 1 de enero de 2026, se implementar谩 la Enmienda 42/24 al C贸digo Mar铆timo Internacional de Mercanc铆as Peligrosas (C贸digo IMDG). Esta normativa, aprobada mediante resoluci贸n MSC.556(108) por la Organizaci贸n Mar铆tima Internacional (OMI), regula el transporte de mercanc铆as peligrosas por v铆a mar铆tima.
Entre las modificaciones m谩s relevantes, se incluye la introducci贸n de regulaciones espec铆ficas para el transporte seguro de carb贸n animal o vegetal. La nueva norma elimina la posibilidad de desclasificaci贸n por ensayo de autocalentamiento y ajusta las condiciones de envasado, estiba y segregaci贸n de esta mercanc铆a peligrosa.
El C贸digo IMDG es un instrumento internacional cuya implementaci贸n se regula a nivel nacional por la Prefectura. Las normas argentinas (Ordenanzas N掳 3/96, N掳 5/11 y N掳 1/90) ya establecen la aprobaci贸n de envases, la capacitaci贸n del personal terrestre y los procedimientos de notificaci贸n para el transporte de estas mercanc铆as.
La obligatoriedad de la Enmienda 42/24 busca alinear las pr谩cticas argentinas con los est谩ndares m谩s recientes de seguridad mar铆tima global, reforzando el control sobre el carb贸n como mercanc铆a que requiere una gesti贸n diferenciada debido a su riesgo de autocalentamiento.
Redacci贸n por DataPortuaria
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