El Poder Ejecutivo nacional oficializó una reforma de fondo en el sistema de envíos postales a través del Decreto 604/2026, publicado el 17 de julio de 2026 en el Boletín Oficial. La medida reglamenta por primera vez las exportaciones postales comerciales sin límite de valor y equipara el tratamiento tributario de las importaciones realizadas por el operador postal oficial con el régimen vigente para los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). Se trata de un cambio estructural que modifica la reglamentación del Código Aduanero y elimina restricciones que, en la práctica, impedían el uso del correo como canal formal de comercio exterior.
Que establece el Decreto 604/2026
La norma introduce modificaciones en tres ejes centrales: las exportaciones con finalidad comercial, las importaciones de bajo valor y los procedimientos de control aduanero. Hasta la entrada en vigencia de este decreto, la ausencia de una reglamentación específica bloqueaba, de hecho, la posibilidad de que personas físicas y empresas utilizaran el operador postal para vender productos al exterior bajo los tratamientos aduaneros simplificados previstos por la Unión Postal Universal.
Exportaciones sin limite de valor
El primer cambio de peso es que las exportaciones postales comerciales no estarán sujetas a ningún tope de monto. El decreto reconoce expresamente que este canal constituye una alternativa simplificada para fomentar la inserción de empresas argentinas en el comercio internacional, en particular para aquellas que no realizan operaciones tradicionales de comercio exterior o que manejan volúmenes bajos. La medida adquiere mayor relevancia en el contexto de expansión del comercio electrónico transfronterizo y se enmarca en los lineamientos del Decreto 70/2023, orientados a eliminar barreras que limitan el desarrollo económico y la integración internacional del país.
Importaciones por correo: exencion hasta 400 dolares
En materia de importaciones, el decreto establece que los envíos de hasta un valor FOB de 400 dolares quedarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística. Este beneficio se aplicará con un límite de cinco envíos por año y por persona. Si el valor del envío supera ese umbral o se excede el cupo anual, el monto adicional quedará alcanzado por los tributos del régimen general. Con este cambio, el Ejecutivo igualó el tratamiento impositivo de las compras realizadas a través del operador postal oficial con el que ya gozaba el régimen courier desde fines de 2024, eliminando una asimetría que perjudicaba a los usuarios del correo estatal.
Simplificacion del control aduanero y otras disposiciones
El decreto también introduce ajustes en el procedimiento de fiscalización. En los casos de importación por correo, el operador postal quedará automáticamente habilitado para actuar en representación del destinatario, salvo que este manifieste previamente su intención de intervenir de manera personal o designe un representante propio. Esta modificación apunta a agilizar el despacho de los envíos y reducir la carga administrativa para el receptor.
Derogacion del regimen anterior y facultades de ARCA
La norma deroga el artículo 8 del Decreto 161/1999, que fijaba una alícuota unificada del 50% para las importaciones por envíos postales, un esquema considerado obsoleto frente a la realidad del comercio digital. A su vez, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) queda facultada para dictar las normas complementarias y operativas necesarias para implementar el nuevo esquema. El decreto rige desde su publicación en el Boletín Oficial, por lo que los efectos son inmediatos.
Mantenimiento de exenciones para envios personales y familiares
La medida preserva la exención de tributos para las exportaciones postales destinadas a ayuda familiar o regalos personales, con excepción de las tasas retributivas de servicios. En estos casos, el beneficio se mantiene siempre que el valor acumulado no supere los 5.000 dolares por mes y por remitente.
Impacto para empresas y particulares
La habilitación de las exportaciones postales comerciales sin techo de valor abre una ventana concreta para pequeños y medianos productores, artesanos, desarrolladores de software, diseñadores y cualquier agente económico que desee colocar productos en mercados externos sin recurrir a los circuitos de exportación tradicionales, que implican mayor complejidad operativa y costos más elevados. Al encuadrarse en los convenios de la Unión Postal Universal, estos envíos se benefician de una tramitación simplificada en destino, lo que mejora la competitividad de los exportadores argentinos frente a sus pares de otros países.
Por el lado de las importaciones, la equiparación con el régimen courier elimina una inequidad histórica: quienes compraban en el exterior a través del correo oficial pagaban tributos que no aplicaban a los usuarios de operadores privados. A partir de ahora, ambos canales reciben el mismo tratamiento para envíos de hasta 400 dolares, lo que beneficia directamente al consumidor final y facilita el acceso a bienes del exterior a un menor costo fiscal.
Contexto: comercio electronico y apertura economica
El decreto se inscribe en una política más amplia de apertura y desregulación que el Gobierno nacional viene implementando desde fines de 2023. La expansión del comercio electrónico transfronterizo hace que las exportaciones postales comerciales sean cada vez más relevantes como vector de internacionalización para las economías pequeñas y medianas. Argentina contaba hasta ahora con un marco normativo que no acompañaba esa realidad, lo que generaba una desventaja comparativa respecto de otros países de la región que ya habían adecuado sus regímenes postales a las exigencias del comercio digital. El Decreto 604/2026 busca cerrar esa brecha y posicionar al canal postal como una herramienta genuina de inserción en el mercado global.
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