
El Poder Ejecutivo nacional dio un paso significativo en materia de cooperacion tributaria y previsional al promulgar, mediante el Decreto 600/2026, tres leyes que formalizan acuerdos con Francia, Suiza y San Marino. Estas normativas fortalecen los vinculos bilaterales de Argentina con esos paises en dos areas clave: la coordinacion impositiva y la seguridad social. La decision fue publicada en el Boletin Oficial el viernes 17 de julio de 2026 y refleja el interes del gobierno en consolidar su posicion dentro del entramado de acuerdos fiscales internacionales vigentes en la region y el mundo.
El convenio con Francia: actualizacion del marco tributario bilateral
La Ley 27.814, sancionada por el Congreso Nacional el 24 de junio pasado, aprueba el protocolo de enmienda al convenio entre la Republica Argentina y la Republica Francesa destinado a evitar la doble imposicion y prevenir la evasion fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Este tipo de instrumento es uno de los pilares fundamentales de los acuerdos fiscales internacionales, ya que busca garantizar que los contribuyentes con actividad en ambos paises no tributen dos veces por los mismos ingresos.
Principales modificaciones introducidas por el protocolo
El protocolo introduce cambios sustanciales en varios articulos del convenio preexistente entre Argentina y Francia. Entre las modificaciones mas relevantes se destacan las siguientes:
En primer lugar, se incorporan nuevas definiciones sobre el concepto de establecimiento permanente, con especial atencion a las obras de construccion y a la prestacion de servicios transfronterizos. En segundo lugar, se actualiza el tratamiento tributario aplicable a dividendos e intereses generados por residentes de ambos Estados. Por ultimo, se establecen reglas mas claras y modernas para coordinar la aplicacion de los impuestos en operaciones entre personas fisicas y juridicas de cada pais.
El decreto presidencial dispone ademas la comunicacion de la promulgacion al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y ordena la publicacion del texto completo del protocolo como anexo oficial.
Los convenios de seguridad social con Suiza y San Marino
En la misma edicion del Boletin Oficial en que se oficializo el acuerdo con Francia, quedaron publicadas las Leyes 27.816 y 27.817, que aprueban sendos convenios de seguridad social con la Confederacion Suiza y con la Republica de San Marino respectivamente. Aunque estos instrumentos se centran en la coordinacion previsional, complementan de manera directa el ecosistema de acuerdos fiscales internacionales al regular la situacion de trabajadores y jubilados con historia laboral en mas de un pais.
Convenio con Suiza: coordinacion previsional entre dos sistemas
La Ley 27.816 aprueba el Convenio de Seguridad Social entre la Republica Argentina y la Confederacion Suiza, integrado por 36 articulos, junto con su acuerdo administrativo de aplicacion, compuesto por 14 articulos. Ambos instrumentos fueron suscriptos el 27 de mayo de 2024 en la Ciudad de Buenos Aires.
El convenio establece reglas precisas sobre prestaciones contributivas por vejez, invalidez y sobrevivencia, garantiza la igualdad de trato para todas las personas alcanzadas por el acuerdo, determina la legislacion aplicable segun el lugar de trabajo y crea mecanismos para reconocer los periodos de aportes realizados en ambos paises. De este modo, un trabajador argentino que haya cotizado parte de su vida laboral en Suiza podra totalizar esos periodos para acceder a una prestacion jubilatoria.
Convenio con San Marino: ampliando la red de cooperacion
Por su parte, la Ley 27.817 aprueba el Convenio sobre Seguridad Social entre la Republica Argentina y la Republica de San Marino, suscripto el 25 de agosto de 2023 en Buenos Aires. El convenio consta de 28 articulos y el acuerdo administrativo de 11 articulos.
El texto fija el marco de cooperacion bilateral en materia previsional e incluye normas para el reconocimiento de prestaciones por vejez, invalidez y fallecimiento. Ademas, establece mecanismos para totalizar periodos de seguro cumplidos en ambos paises y coordinar la aplicacion de las respectivas legislaciones previsionales, brindando mayor certeza juridica a los ciudadanos de ambas naciones con historia laboral compartida.
El significado de estas promulgaciones en el contexto global
La formalizacion de estos tres instrumentos refleja una tendencia que Argentina viene profundizando en los ultimos anos: ampliar y actualizar su red de acuerdos fiscales internacionales para mejorar la transparencia tributaria, combatir la evasion y brindar mayor seguridad juridica tanto a inversores extranjeros como a ciudadanos argentinos en el exterior. En un mundo cada vez mas interconectado, contar con convenios vigentes y actualizados resulta indispensable para cualquier economia que aspire a integrarse plenamente en los circuitos financieros y comerciales globales.
Francia y Suiza son dos de los principales socios economicos europeos de Argentina, mientras que San Marino, aunque pequeno en tamano, tiene relevancia por la cantidad de ciudadanos argentinos de origen italiano con vinculos en esa republica. La promulgacion de estos tres instrumentos en una misma jornada subraya el compromiso del gobierno con una agenda de integracion internacional ordenada y tecnicamente solida.
En suma, con estas medidas el Estado argentino avanza en la consolidacion de una red de proteccion juridica y fiscal para sus ciudadanos y empresas en el exterior, al tiempo que envia una senal positiva a potenciales inversores sobre la previsibilidad de su marco normativo internacional.
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