A través del Decreto 378/2025, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno argentino ha introducido una nueva regulación que modifica los tiempos máximos de vuelo, los períodos de descanso y las excepciones para las tripulaciones de la aviación civil. Esta normativa reemplaza a la que estaba vigente desde diciembre de 2021 y entrará en vigor en 30 días. La medida es parte de la agenda de desregulación impulsada por el presidente Javier Milei.

El Gobierno flexibiliza el Código Aeronáutico: cambios en horas de vuelo y menos tiempo de descanso y vacaciones

Los cambios en el código aeronáutico Argentina cambios 2023 afectan a todas las empresas y trabajadores del sector, permitiendo a los operadores establecer sus propios horarios de servicio y descanso, siempre que se respeten los límites establecidos por la nueva normativa y se garantice la seguridad operacional.

Nueva estructura para tiempos de vuelo y descanso

El reglamento estipula que los pilotos de vuelos regulares no podrán exceder las 1.000 horas de vuelo anuales ni las 120 horas mensuales. Además, se establecen límites específicos según el tipo de tripulación:

  • Tripulación mínima: el tiempo máximo depende de un cuadro específico.
  • Tres pilotos: hasta 13 horas de vuelo.
  • Cuatro pilotos: hasta 17 horas, y en condiciones especiales, hasta 19 horas.

Para que se admitan estas extensiones, es necesario contar con instalaciones adecuadas para el descanso y un número de tripulantes superior al mínimo. El tiempo de servicio de vuelo, que incluye tareas previas y posteriores, no puede exceder los márgenes fijados. El descanso mínimo será igual a la duración del servicio anterior, pero no inferior a 10 horas consecutivas.

Condiciones para el transporte no regular y helicópteros

En el caso del transporte aerocomercial no regular, los pilotos podrán volar hasta 1.400 horas al año y 500 horas trimestrales, con un máximo de 8 horas en 24 horas si es un solo piloto, y 10 horas si son dos. Para helicópteros, estos límites pueden superarse si se cuenta con un Sistema de Gestión de Riesgo por Fatiga (FRMS) o en circunstancias excepcionales.

Seguridad operacional y estándares internacionales

La nueva norma se basa en los criterios del Anexo 6 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de la OACI, que establece parámetros internacionales para la gestión de la fatiga y el diseño de esquemas de descanso que aseguren la seguridad operacional. La anterior normativa generaba asimetrías al aplicar condiciones de negociación colectiva a todo el sistema, lo que limitaba la libertad de organización y dirección de las empresas.

El Gobierno sostiene que su rol debe ser garantizar el cumplimiento de los estándares internacionales, permitiendo que cada empresa acuerde condiciones más específicas según su tipo de operación. La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) será la encargada de aprobar las regulaciones técnicas necesarias para implementar este nuevo esquema.

Se espera la publicación del Anexo I del decreto, que detallará los cuadros técnicos de tiempos y descansos, en la web del Boletín Oficial en los próximos días.