jueves 12 marzo 2026

Exportadores deberán adaptarse a nuevas exigencias de destino tras la supresión de controles previos en frutas, hortalizas y especias de exportación

La eliminación de las normativasLa eliminación de las normativas alcanza a resoluciones y disposiciones que establecían los procedimientos para la identificación y certificación de productos agroalimentarios (Foto: Shutterstock)

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha decidido derogar varias normativas que regulaban la certificación y control de productos agroindustriales destinados al comercio exterior. La Resolución 71/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios significativos en los procesos de certificación de frutas, hortalizas y especias, lo que tendrá un impacto directo en la logística y los requisitos de exportación.

Esta medida se enmarca dentro de un proceso de reordenamiento normativo promovido por el organismo, en línea con la simplificación regulatoria establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Entre las normativas derogadas se encuentran aquellas que regulaban los registros de empacadores, la certificación de uva de mesa y las regulaciones aplicadas a cítricos y hortalizas para exportación. Esta decisión ha generado expectativas en el sector exportador sobre la agilización de procesos, aunque también plantea dudas respecto a cómo afectará los estándares sanitarios requeridos por los mercados internacionales.

Cambios en certificaciones y controles

La derogación de normativas afecta a resoluciones y disposiciones que definían los procedimientos para la identificación y certificación de productos agroalimentarios. En particular, las Resoluciones 6/2001 y 1534/2019, así como diversas disposiciones de la ex-Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, regulaban el registro de empacadores, las condiciones de empaque y la certificación fitosanitaria necesaria para la exportación de frutas y hortalizas.

La Resolución 71/2025 elimina la obligatoriedad de ciertos registros y la aplicación de normas específicas para el control de productos como manzana, pera, ajo, cebolla y cítricos destinados al exterior. Además, se anula la regulación sobre la identificación de empaques de uva de mesa, lo que modifica las exigencias para la trazabilidad de estos productos en la cadena exportadora.

Impacto en el comercio exterior

La decisión de SENASA representa un nuevo contexto para los exportadores agroindustriales. La eliminación de regulaciones podría reducir tiempos y costos administrativos en los procesos de certificación, facilitando una mayor fluidez en la salida de productos hacia el mercado internacional. Sin embargo, la ausencia de una normativa clara sobre los estándares que se aplicarán en el futuro podría generar incertidumbre en el sector.

Otro aspecto a considerar es la relación con países que tienen requisitos fitosanitarios estrictos, los cuales podrían exigir certificaciones adicionales, trasladando así la carga regulatoria a las empresas y aumentando los costos y tiempos de gestión.

Adaptación de la logística exportadora

El impacto en la logística es otro punto crucial. La supresión de controles previos podría acelerar los procesos en terminales portuarias y centros de distribución, disminuyendo la necesidad de inspecciones adicionales. Sin embargo, la falta de un esquema de certificación consolidado podría provocar retrasos en el destino si los países importadores requieren verificaciones adicionales.

El transporte internacional de productos agroalimentarios debe cumplir con normativas específicas en cada mercado. Con la eliminación de regulaciones locales, las empresas exportadoras deberán reforzar su coordinación con operadores logísticos y entidades certificadoras para asegurar el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos en el exterior.

Desafíos y perspectivas

El proceso de implementación de esta medida deberá avanzar, ya que el sector exportador primero tendrá que evaluar los efectos de la misma. La simplificación regulatoria podría ofrecer una ventaja competitiva si se traduce en una reducción efectiva de costos y tiempos de exportación. Sin embargo, la falta de un marco regulador alternativo que garantice el cumplimiento de estándares internacionales presenta desafíos que requerirán una rápida adaptación por parte de las empresas y los organismos de control.

La Resolución 71/2025 establece que la eliminación de estas normativas entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, realizada este miércoles. En este contexto, exportadores y operadores logísticos deberán ajustar sus procedimientos para garantizar el acceso a mercados internacionales sin contratiempos regulatorios.

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