
La Unidad de Información Financiera (UIF) actualizó de manera integral el régimen de prevención de lavado de activos aplicable a los Registros de la Propiedad Inmueble de todo el país. A través de la Resolución 93/2026, el organismo formalizo un conjunto de nuevas obligaciones orientadas a fortalecer los controles sobre inmuebles, incorporar señales de alerta precisas y modernizar los mecanismos de monitoreo y reporte de operaciones consideradas inusuales o sospechosas. La medida entrara en vigencia 90 dias despues de su publicacion oficial y reemplaza disposiciones que estaban vigentes desde 2011.
Un esquema basado en riesgo para cada registro
El eje central de la nueva normativa es la adopcion de un enfoque basado en riesgo. Bajo este modelo, cada Registro de la Propiedad Inmueble debera identificar, evaluar y mitigar los riesgos propios de su operatoria, en lugar de aplicar criterios uniformes y genericos. Esto implica un nivel mayor de autonomia tecnica, pero tambien una responsabilidad concreta sobre los resultados del proceso de control.
La resolucion exige ademas que cada organismo designe un Oficial de Cumplimiento titular y uno suplente, ambos debidamente inscriptos ante la UIF. Este funcionario sera responsable de proponer politicas internas de prevencion, elaborar y mantener actualizado un manual de procedimientos, analizar las operaciones que presenten caracteres inusuales y reportar de manera oportuna aquellas que sean clasificadas como sospechosas.
Plazos y obligaciones de reporte
La nueva normativa establece que los reportes de operaciones sospechosas vinculadas con lavado de activos, financiacion del terrorismo o proliferacion de armas de destruccion masiva deberan presentarse dentro de las 24 horas de detectada la situacion. En los casos relacionados especificamente con lavado de activos, el limite maximo es de 90 dias corridos desde la fecha en que se realizo la operacion. Todos los reportes mensuales deberan enviarse en formato digital antes del dia 15 de cada mes.
Cambios en las categorias de operaciones a informar
Uno de los aspectos mas relevantes de la resolucion es la modificacion del regimen de reportes periodicos. Hasta la entrada en vigencia de esta norma, los registros estaban obligados a informar las compraventas que superaran los 750 salarios minimos, vitales y moviles, y las inscripciones de usufructo vitalicio sobre inmuebles valuados por encima de los 200 salarios minimos.
Con la nueva regulacion, el reporte de usufructos vitalicios deja de ser obligatorio. En cambio, se incorporan dos categorias que antes no estaban contempladas: las donaciones de inmuebles y los actos juridicos sobre bienes raices otorgados en el exterior. En este ultimo caso, deberan informarse las inscripciones correspondientes a la constitucion, transmision, modificacion o extincion de derechos reales sobre inmuebles cuando el acto que les da origen haya sido celebrado fuera del territorio argentino.
Nuevas senales de alerta para detectar operaciones inusuales
La resolucion incorpora un catalogo especifico de indicadores que los registros deberan tener especialmente en cuenta al momento de evaluar si una operacion presenta caracteristicas inusuales. Entre las senales mas relevantes se destacan las siguientes:
Las inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble cuando el precio varia mas de un 30% en un periodo de un ano son consideradas un indicador de riesgo significativo. Tambien se señala la acumulacion de multiples operaciones en cabeza de una misma persona fisica o juridica, y las inconsistencias en los datos de identificacion de quienes participan en una transaccion.
El objetivo declarado de la UIF es ampliar la capacidad operativa de los registros para detectar movimientos que puedan estar vinculados con lavado de activos, financiacion del terrorismo o proliferacion de armas. En este sentido, los controles sobre inmuebles se convierten en una pieza clave dentro de la estrategia integral del organismo para combatir la economia ilegal.
Tecnologia, documentacion y eliminacion de tramites redundantes
La normativa tambien exige que los registros implementen herramientas tecnologicas de monitoreo capaces de analizar el universo de operaciones que se inscriben, incluyendo compraventas, hipotecas, donaciones, embargos y otros derechos reales sobre inmuebles. Esta exigencia busca garantizar que los controles sobre inmuebles no dependan unicamente del criterio humano, sino que cuenten con sistemas sistematicos y auditables.
Eliminacion de la declaracion jurada y conservacion de documentacion
En paralelo, la UIF decidio eliminar la obligacion de presentar una declaracion jurada sobre el cumplimiento de las normas de prevencion. El organismo explico que esa informacion puede verificarse directamente a traves de fuentes y registros oficiales, por lo que mantener el requisito implicaria una duplicacion innecesaria de tramites administrativos.
En cuanto a la conservacion de documentacion, los registros estaran obligados a mantener durante un plazo de 10 anos todos los registros vinculados con operaciones realizadas y con aquellas clasificadas como inusuales. Asimismo, cada organismo debera contar con un Manual de Prevencion y un Codigo de Conducta que contemple sanciones internas frente a posibles incumplimientos.
Cronograma de implementacion
Para adecuarse al nuevo esquema normativo, los organismos dispondran de 240 dias corridos desde la publicacion de la resolucion para actualizar sus manuales, aprobar sus codigos de conducta y adaptar sus sistemas tecnologicos a las nuevas exigencias. La nueva modalidad de reportes periodicos comenzara a aplicarse a partir de noviembre de 2026, lo que otorga un margen razonable para la transicion sin generar vacios de informacion.
La medida representa un paso concreto hacia la modernizacion del sistema de prevencion del lavado de activos en el sector inmobiliario argentino. Al fortalecer los controles sobre inmuebles a nivel registral, la UIF busca cerrar brechas que historicamente fueron aprovechadas para ocultar el origen de fondos ilicitos mediante la adquisicion, transferencia o transformacion de bienes raices.
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