jueves 19 marzo 2026

Después de intensas negociaciones, el gobierno de Javier Milei ha presentado el proyecto definitivo de reforma laboral del gobierno 2025, que será enviado al Congreso de la Nación en breve.

El proyecto de reforma laboral

Esta iniciativa busca modernizar las normativas laborales vigentes, enfocándose en aspectos críticos como las vacaciones, indemnizaciones, despidos y la organización de las horas laborales. El objetivo principal es establecer un nuevo marco que impacte de manera transversal en los sectores público y privado.

El texto, que se originó en el Consejo de Mayo, reunió a funcionarios nacionales, legisladores, gobernadores, empresarios y representantes sindicales. Durante las discusiones, muchos delegados sindicales manifestaron su oposición a las propuestas del oficialismo. Entre los puntos más destacados, el proyecto establece normas sobre vacaciones, bancos de horas, indemnizaciones y regímenes especiales, además de ajustes en los procedimientos judiciales y laborales.

Vacaciones

El proyecto garantiza el derecho de todos los empleados a vacaciones anuales pagas, manteniendo los estándares establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo. Se introduce la opción de que empleadores y empleados, de manera individual o colectiva, acuerden una extensión del período vacacional, siempre que se respeten los mínimos legales. El empleador debe conceder las vacaciones entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, notificando por escrito con al menos treinta días de antelación. Como novedad, cada tramo fraccionado de vacaciones no puede ser menor a siete días, y se debe permitir al menos una vez cada tres años el descanso durante el verano.

Las vacaciones solo pueden otorgarse fuera del período normal por causas justificadas y con autorización previa de la Autoridad de Aplicación. El fraccionamiento busca adaptarse a las necesidades familiares, sectoriales o productivas, pero siempre bajo los límites y autorizaciones fijados.

Banco de horas

El texto permite que empleador y trabajador acuerden un régimen de compensación de horas extraordinarias, formalizado por escrito y de carácter voluntario. Este acuerdo debe definir controles que permitan registrar las horas efectivamente trabajadas y las disponibles para su disfrute. Los convenios colectivos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio, garantizando siempre descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y de 35 horas semanales. El banco de horas permitirá compensar jornadas largas con otras más cortas, dentro del máximo semanal legal establecido.

Indemnizaciones y despidos

En cuanto a las indemnizaciones, el proyecto autoriza sustituir el modelo único por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados mediante aportes mensuales de los empleadores. El cálculo de la indemnización incluirá el salario básico, sumas habituales y antigüedad, excluyendo pagos extraordinarios y gratificaciones no habituales. Se define la remuneración normal y habitual como la devengada al menos seis meses del último año, y se establecen topes específicos: la base no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con un mínimo del 67% de ese valor.

En caso de fallecimiento del trabajador, se especifica quiénes son los beneficiarios y cómo se reparte la indemnización entre ellos. Además, se habilita la posibilidad de pago fraccionado bajo condiciones precisas, con límites para la imposición de intereses sobre el capital indemnizatorio.

El proyecto también detalla los motivos y procedimientos de despido, diferenciando entre desvinculaciones justificadas y sin causa. Para despidos sin justa causa, la indemnización será equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual recibida durante el último año o el período de prestación si fuera inferior.

En situaciones de conflictos en áreas esenciales y actividades consideradas críticas, se establecerán servicios mínimos en sectores como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital.

Si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador podrá optar entre reincorporarse a su puesto o recibir la indemnización correspondiente. Si elige regresar, la empresa deberá regularizar la relación laboral y abonar los salarios por el período no trabajado.

Remuneraciones

La propuesta modifica el régimen salarial introduciendo reglas sobre la composición de la remuneración, que podrá incluir sumas fijas, variables y beneficios sociales definidos. Los recibos de sueldo, planillas de asistencia y la documentación laboral deberán digitalizarse obligatoriamente, equiparando su validez a la documentación en papel. La digitalización de los certificados médicos también quedará reglamentada, permitiendo su presentación en caso de ausencias por enfermedad.

Los recibos deberán detallar las contribuciones abonadas y los importes adicionales, mientras que la Autoridad de Aplicación podrá requerir nuevos datos para reforzar la transparencia de los pagos. El proyecto regulará qué conceptos integran la remuneración principal, asegurando claridad ante reclamos judiciales.

Enfermedad y ausencias

En casos de enfermedad inculpable o profesional, se otorgará plena validez legal a los certificados médicos digitales. Las empresas y la seguridad social podrán verificar diagnósticos en un sistema centralizado de control médico. El procedimiento para la reincorporación exigirá alta médica definitiva y, si la reincorporación es parcial, la remuneración será proporcional a la capacidad de trabajo recuperada.

El empleador deberá notificar ausencias prolongadas antes de definir sanciones disciplinarias o la extinción del vínculo laboral. La reincorporación estará supeditada al alta médica definitiva, y hasta entonces, no será obligatorio asignar tareas distintas a las habituales.

Régimen para casas particulares y trabajo agrario

Para el trabajo en casas particulares, el período de prueba se extenderá a seis meses, los recibos serán completamente electrónicos y la constancia bancaria será suficiente como prueba de pago. Se establecerán condiciones específicas sobre descanso, provisión de ropa y elementos de trabajo, alimentación y seguros.

El régimen agrario creará un contrato permanente de prestación continua con un período de prueba de ocho meses. Durante este tiempo, cualquiera de las partes podrá finalizar la relación sin expresión de causa y sin indemnización, debiendo avisar con quince días de anticipación. Se garantizará la negociación colectiva para los salarios, que nunca podrán ser inferiores al mínimo vital y móvil, y la remuneración por rendimiento tendrá un piso establecido por acuerdo entre las partes, que deberá respetarse incluso si factores externos impiden alcanzar ese mínimo.

Fondos de asistencia laboral

El proyecto establece la creación de Fondos de Asistencia Laboral (FAL), integrados por aportes patronales equivalentes al 3% de la remuneración computable. Estos fondos funcionarán como respaldo ante despidos en el sector privado, y su administración no implicará obligaciones directas hacia los trabajadores. Se regulará detalladamente el uso y los procedimientos para su liquidación.

Régimen para repartidores, derechos individuales y formalización

Se implementará un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías diseñado para quienes trabajan mediante plataformas tecnológicas. Los repartidores deberán registrarse en ARCA, realizar aportes y contar con cobertura social, informar una cuenta bancaria y respetar las normativas de tránsito. Tendrán derechos como rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos o suspensiones, y recibir el 100% de las propinas recibidas en la plataforma.

Transferencias, subcontratación y responsabilidades

El articulado incluirá normas específicas sobre la transferencia de establecimientos y la responsabilidad solidaria en casos de subcontratación, delegación o empresas vinculadas. Se determinará que la responsabilidad se limita cuando el empleador verifique adecuadamente la identidad y la vigencia de las obligaciones de la otra parte.

Procedimientos judiciales y prácticas sindicales

Ante litigios laborales, el proyecto introducirá consecuencias si se determina “pluspetición inexcusable” (reclamos exorbitantes sin justificación), y establecerá pasos para que los juzgados remitan antecedentes de empleo no registrado, buscando una regularización más ágil. Se definirá un capítulo sobre prácticas desleales sindicales, con nuevos motivos de infracción y la posibilidad de acción judicial para las partes afectadas.

Asimismo, se introducirán normas para procedimientos sancionatorios en conflictos colectivos. Para realizar asambleas sindicales dentro de los establecimientos, las asociaciones deberán solicitar autorización previa especificando día y horario. Durante la asamblea, el tiempo no se remunerará. Se reducirá el crédito horario de los delegados sindicales a diez horas mensuales y se regulará la tramitación de la personería gremial. La ley considerará infracciones muy graves los bloqueos y las tomas de establecimientos.

Convenios colectivos, ultraactividad y formalización laboral

Respecto a los convenios colectivos, desaparecerá la ultraactividad: al vencer un acuerdo, solo permanecerán las condiciones laborales hasta que se firme una nueva convención o acuerdo de prórroga. Se estipulará que la autoridad podrá suspender cláusulas ultraactivas si causan distorsiones económicas serias, y la prelación de convenios favorecerá a los de menor ámbito frente a los mayores.

El proyecto implementará el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), vigente por un año y orientado a fomentar el empleo registrado mediante reducciones de contribuciones patronales para nuevos trabajadores bajo condiciones específicas de contratación y antecedentes laborales recientes.

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